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Estímulo fiscal

Si hay algo que distingue a México es su posición geográfica, su cultura, valores, historia,
pero sobre todo las ganas de crecer México impulsando grandes proyectos como el
“DECRETO por el cual se otorgan estímulos fiscales a sectores clave de la industria
exportadora consistentes en la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de
activo fijo y la deducción adicional de gastos de capacitación”; que el gobierno federal
anuncio hace algunos días.

¿Qué significa esto?
Las empresas podrán deducir sus inversiones en un rango del 56% al 89% en 2023 y
2024. Además, se garantiza una deducción adicional del 25% durante tres años para
gastos de capacitación de trabajadores. (Suárez, 2023)

El nuevo estímulo fiscal publicado a través de Diario Oficial de la Federación permitirá
optar por efectuar la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo
adquiridos a partir de la fecha de entrada en vigor y hasta el 31 de diciembre de 2024.
La Secretaría de Hacienda ha publicado este miércoles una serie de incentivos fiscales
en 10 sectores productivos claves para atraer la inversión privada. Los beneficios, que son
la deducción acelerada de inversiones para las empresas, varían del 56% al 89% en 2023
y 2024.

Las empresas que podrán verse beneficiadas serán aquellos contribuyentes que se
dediquen a la producción, elaboración o fabricación industrial de los bienes que se señalan
a continuación, y además los exporten: productos destinados a la alimentación humana y
animal; fertilizantes y agroquímicos; materias primas para la industria farmacéutica y
preparaciones farmacéuticas; componentes electrónicos, como tarjetas simples o
cargadas, circuitos, capacitores, condensadores, resistores, conectores y
semiconductores, bobinas, transformadores, arneses y módem para computadora y
teléfono; maquinaria para relojes, instrumentos de medición, control y navegación, y
equipo médico electrónico, para uso médico; baterías, acumuladores, pilas, cables de
conducción eléctrica, enchufes, contactos, fusibles y accesorios para instalaciones
eléctricas; motores de gasolina, híbridos y de combustibles alternativos, para automóviles,
camionetas y camiones; equipo eléctrico y electrónico, sistemas de dirección, suspensión,
frenos, sistemas de transmisión, asientos, accesorios interiores y piezas metálicas
troqueladas, para automóviles, camionetas, camiones, trenes, barcos y aeronaves.;
motores de combustión interna, turbinas y transmisiones, para aeronaves: equipo y
aparatos no electrónicos para uso médico, dental y para laboratorio, material desechable
de uso médico y artículos ópticos de uso oftálmico; también se otorga el estímulo fiscal
establecido en este artículo, a los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior
dedicados a la producción de obras cinematográficas o audiovisuales, cuyo contenido
se encuentre protegido por el derecho de autor en los términos de la normativa aplicable,
siempre que estas obras se exporten. Para estos efectos, se entiende que una obra
cinematográfica o audiovisual se exporta cuando el productor en su calidad de titular de
los derechos patrimoniales otorgue licencia o transmita los derechos de explotación de la
obra para su difusión en el extranjero.

El principal motor es el desarrollo económico mediante los sectores clave como:
automotriz, eléctrica y electrónica, dispositivos médicos y farmacéuticos, agroindustria,
alimentación humana y animal, agroquímica, equipos de medición, industria
cinematográfica y audiovisual, entre otros. El desarrollo industrial implica plantear
estrategias fiscales que permitan a las empresas exportadoras migrar a sectores más
competitivos al relocalizar parte de su producción en destinos cercanos a los mercados
con los que operan lo cual se le conoce como “nearshoring” cuyo objetivo es que las
empresas establezcan sus operaciones en otros países para aprovechar la proximidad
geográfica, reducción de costos y calidad de mano de obra.