La segunda Etapa de la NOM 035 entró en vigor – ¿Qué significa esto para su empresa?

¿En qué afecta a su empresa el no haber implementado la NOM 035?

Si usted aún no ha implementado la NOM 035 es muy probable que sea acreedor a una multa establecida por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS). A continuación, les hablaremos sobre qué es la NOM 035, sus etapas y la posible sanción a la que puede ser acreedor por no haberla implementado a tiempo.

La NOM 035 tiene como objetivo establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.

La propia normatividad estableció dos momentos:

Primera Fase: Implementación a partir del 23 de octubre de 2019.

  1. Establecimiento de medidas de prevención de riesgos psicosociales.
  2. Identificación de trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos severos.
  3. Creación de medidas para un entorno organizacional favorable.
  4. Difusión en el centro de trabajo de la NOM 035.

Segunda Fase: Evaluación a partir del 22 de octubre del 2020.

  1. Evaluación de las medidas de prevención de riesgos psicosociales.
  2. Seguimiento de los trabajadores que fueron identificados con riesgos psicosociales.
  3. Evaluación de si existe o no un entorno organizacional favorable dentro del centro de trabajo.
  4. Detentar el registro y evaluación de cada uno de los empleados.

¿Cuál es la relevancia de la segunda etapa de la NOM 035?

La segunda etapa es de suma importancia, porque, para este momento, se estaría esperando por parte de las autoridades laborales, es decir, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que la NOM 035 se estuviera implementando a cabalidad. Por lo tanto, a partir del 23 de octubre del 2020 los centros de trabajo de todo el país deberían de estar preparadas a continuas visitas de la STPS.

¿Qué pasa si usted recibe una visita y aún no ha empezado la implementación de la NOM 035?

En este caso, una visita por parte de la autoridad laboral no serían buenas noticias, lo anterior, debido al alto coste de las multas que han sido establecidas en la propia Ley Federal del Trabajo. La sanción económica que podría suscitarse por la falta de implementación de la NOM 035 conforme al artículo 994 de la LFT es de: 434 mil 400 pesos que pueden ser por cada trabajador.

Teniendo en cuenta lo anterior, queda claro que, dependiendo del tamaño de la empresa, el incumplimiento de la NOM-035 puede resultar en altos costos para la empresa. Para evitar cualesquiera multas que se pudiesen otorgar a las empresas dentro del territorio nacional, asegúrese de implementar las políticas de prevención necesarias y proporcionar la documentación respectiva en el caso de recibir una visita de la STPS.

Si usted desea saber más sobre cómo implementar la NOM 035 dentro de su empresa no dude en contactar a nuestro equipo deWMP Legal.